domingo, abril 14, 2024

LA RESPONSABILIDAD POLÍTICA, MÁS ALLÁ DEL JUICIO Y LA PRESCRIPCIÓN LEGAL

 

La responsabilidad política, más allá del Juicio y de la Prescripción legal

Hernando Llano Ángel.

El llamamiento a juicio al expresidente y exsenador Álvaro Uribe Vélez es un hito en la historia política colombiana que no se puede comprender y mucho menos limitar a un simple proceso judicial de carácter penal, pues se encuentra inscrito en una coyuntura política donde lo que está en juego es mucho más trascendental. Lo que está en juego es un asunto de responsabilidad política, más allá de un veredicto de inocencia o culpabilidad personal, que pone en evidencia la estrecha, ambigua y oscura relación entre la política y la violencia, de una parte, y la legalidad con la criminalidad, de la otra. No es, pues, tanto un asunto penal sino más bien uno profundamente político con trascendencia histórica. Y lo es, puesto que el trasfondo del mismo está relacionado con la presunta responsabilidad del implicado, Álvaro Uribe Vélez, de haber promovido la creación del llamado Bloque Metro como una táctica de combate contrainsurgente, según el testimonio del exparamilitar Juan Monsalve, condenado por haber sido un miembro activo del mismo. Una forma de lucha violenta contra las guerrillas que en la historia política del conflicto armado interno se remonta al gobierno del presidente Guillermo León Valencia, con el célebre decreto 3398 de 1965[1], que crea las Autodefensas. Y en tiempos recientes reencarna, bajo la presidencia de César Gaviria, en las CONVIVIR[2], bajo cuya sombra se expandieron luego las Autodefensas Unidas de Colombia. Testimonio del condenado paramilitar que al intentar desvirtuar el exsenador Uribe, lo terminó involucrando en la comisión de los delios de fraude procesal y soborno a testigo. Según el análisis de expertos penalistas, como el profesor Francisco Bernate Ochoa, el desenlace de dicho llamamiento a juicio no será otro que la prescripción, “pues evacuar las tres diligencias que restan, acusación, preparatoria y juicio antes del 8 de octubre de 2025 no es algo que se vea siquiera como posible”, ya que la acción penal por parte del Estado prescribe a los 6 años a partir de la indagatoria, realizada el 8 de octubre de 2019. De presentarse este desenlace, estaríamos curiosamente en una situación similar a la del expresidente Ernesto Samper Pizano, cuyo juicio político ante el Senado por el proceso 8.000[3] y la financiación de su campaña por parte del narcotráfico nunca se inició, pues la Cámara de Representantes emitió una resolución de preclusión por falta de pruebas para acusarlo ante dicha instancia: “Por 111 votos contra 43 se archivaron los cargos contra el presidente de la República. Ni culpable, ni inocente, el proceso fue precluido”. No obstante lo anterior, el mismo expresidente Samper luego reconocería en declaraciones para el especial “Colombia Vive, 25 años de resistencia”[4]: “Yo acepto que dicha infiltración se produjo” por falta de diligencia, algo corroborado por fallos judiciales contra su exministro de defensa Fernando Botero Zea[5] y el excontralor General de la República Francisco Becerra Barney[6], entre sus más cercanos colaboradores.

Samper y Uribe, inmunes judicialmente e impunes políticamente.

Así las cosas, en el caso del expresidente Uribe lo más seguro es que la prescripción confirmaría una de las máximas paradojas de nuestra vida política y judicial, compartida por ambos expresidentes, como es la no correspondencia entre la realidad política de sus actuaciones y  la verdad judicial sobre las investigaciones en que han estado incursos. En efecto, Samper es precluido aunque la verdad y la realidad del ingreso de millones de pesos procedentes del narcotráfico a su campaña presidencial sea hoy un hecho públicamente reconocido. Relación espuria entre el delito y la política que se prolonga bajo formas más discretas y hasta letales, en una relación simbiótica entre el delito, la economía y la política, formando un entramado casi inextricable entre lo legal e ilegal, como lo vemos en la influencia de las economías criminales controladas y disputadas territorialmente por organizaciones armadas como el Clan del Golfo, el Estado Mayor Central y la Nueva Marquetalia, entre las más poderosas. Pero también por la presencia fantasmal de dichas fuentes de financiación en las recientes elecciones de los presidentes Iván Duque, con la ñeñepolítica[7], y de Gustavo Petro en su campaña en la costa Caribe, según las procaces revelaciones de Armando Benedetti y la investigación en curso en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes[8].  De otra parte, en el caso del expresidente Uribe, la prescripción penal no podrá cubrir y diluir su evidente responsabilidad política en la promoción de organizaciones legales como las CONVIVIR, que sirvieron de mampara al crecimiento y la consolidación criminal de las AUC y de sus relaciones delictivas con la Fuerza Pública, tanto desde su gobernación en Antioquia y luego en la presidencia de la República, como lo revelan los informes de la Comisión de la Verdad[9] y los recientes testimonios de Salvatore Mancuso[10] y del mismo Otoniel[11] ante la JEP. Sin duda, la prescripción penal no puede extinguir la grave responsabilidad política del exsenador y expresidente Uribe, que luego se desbordaría en los numerosos falsos positivos, aupados  por la Directiva 29 del ministro de defensa Camilo Ospina, en desarrollo de la llamada política de “seguridad democrática”.

La ley para burlar la justicia y el derecho para eludir las penas

Todo lo anterior confirmaría el lúcido aserto de García Márquez sobre la perversa utilización de la ley para burlar la justicia  y del derecho para eludir la penas, expresado magistralmente en su proclama “Por un país al alcance de los niños”[12] al decir que “en cada uno de nosotros cohabitan, de la manera más arbitraria, la justicia y la impunidad; somos fanáticos del legalismo, pero llevamos bien despierto en el alma un leguleyo de mano maestra para burlar las leyes sin violarlas, o para violarlas sin castigo”. De manera que el juicio de última instancia sobre las responsabilidades políticas de los expresidentes, incluidos todos ellos y no solo Samper o Uribe, será siempre una competencia indelegable e imprescriptible de cada ciudadano, pues no le podemos exigir al poder judicial condenas que no está en capacidad de impartir, bien por preclusión como sucedió en el 8.000 o por prescripción, como seguramente sucederá con el expresidente Uribe. Tendremos, pues, como ciudadanía que situarnos más allá de los procesos judiciales y de las penas, superando intereses y simpatías personales, para emitir un juicio político de responsabilidades y quizás así lanzar al ostracismo de la vida política nacional a quienes hoy son todavía protagonistas y continúan, sin rubor alguno, decidiendo el destino de todos con absoluta inmunidad judicial e impunidad política.



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